CIERRE TEMPORAL DE OPERACIONES DE UNA ORGANIZACIÓN

Una Organización que está registrada en la Oficina y tiene un permiso válido puede solicitar a la Oficina por escrito la aprobación para cerrar operaciones temporalmente por un período que no exceda los cinco años.

Cuando la Oficina haya aprobado la solicitud de cierre temporal de operaciones, deberá comunicarlo a la organización por escrito y la Organización quedará exenta de presentar declaraciones anuales por el período de cierre.

El período de cierre de las operaciones de una Organización se prorrogará a los efectos de la renovación de un permiso.